DANIEL SANTA CALDAS (St. Toré) se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, y con los requisitos exigidos por el programa Kit Digital basados en la norma UNE-EN 301549:2022 (WCAG 2.1 nivel AA).
Situación de cumplimiento Este sitio web es parcialmente conforme con la norma UNE-EN 301549:2022 y las pautas WCAG 2.1 nivel AA debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible El contenido que se recoge a continuación podría no ser plenamente accesible por lo siguiente:
- Falta de conformidad con la norma: Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web, como contrastes no óptimos o imágenes sin la descripción textual pertinente.
- Carga desproporcionada: No resulta aplicable.
- Contenido fuera del ámbito de la legislación aplicable: Podrían existir archivos ofimáticos en formato PDF u otros formatos publicados antes de la creación de esta declaración que no cumplan en su totalidad los requisitos de accesibilidad.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad La presente declaración fue preparada el 9 de septiembre de 2026. El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el equipo de desarrollo del sitio web.
Observaciones y datos de contacto Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018), como informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web, transmitir otras dificultades de acceso al contenido o formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: contacto@sttore.es
- Teléfono: +34 666 168 769
- Dirección: Paseo Sagasta 29, 3 izda, 50007, Zaragoza
Procedimiento de aplicación Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación formal para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación.